Como dar clases particulares desde casa
Como dar clases particulares desde casa
Una amiga lectora de nuestro blog desde hace años nos plantea una cuestión que sin duda interesa a muchos de los que imparten clases particulares desde su casa, la cuestión es relativa al encuadre de las clases particulares impartidas en el propio domicilio.
Clases particulares y profesores particulares
La duda de Conchi era: Quiero dar clases particulares en un piso que yo tengo de alquiler, ¿para dar clases particulares de forma legal debo dar de alta una empresa (academia) y por tanto en este caso el alquiler se verá afectado por todos los temas del IVA e IRPF (al propietario)?
A mayores también me pregunto si: Puede ser que las clases sean una actividad profesional, sin más, que se hacen en mi vivienda habitual y al ser así de este modo estar exento de IVA?
Por otro lado e hilando con esto: Si me diera de alta para dar clases particulares en mi domicilio como actividad profesional, bajo ningún concepto se me considera empresa, ¿no?
La respuesta a estas preguntas claves de Conchi son:
Muchas personas ejercen una actividad en su domicilio, no solos profesores particulares o clases particulares. Muchas de estas personas lo hacen sin comunicar nada ni a Hacienda ni a la Seguridad Social.
Esto es totalmente incorrecto y por extensión ilegal. Lo primero que debe averiguar una persona que va a dar clases en su domicilio o donde fuere como autónomo y cuando decide trabajar por cuenta propia son las obligaciones legales que a todas luces va a tener.
La diferencia abismal entre una actividad profesional y otra actividad considerada como empresarial es que la primera (actividad profesional) se desarrolla en base a conocimientos de la persona, es decir en este caso de quién la imparte, todo esto sin necesidad alguna de disponer de una o unas infraestructuras especiales ni tampoco el uso de medios adicionales. La actividad empresarial si que requiere de una estructura de negocio, en este caso claro está… esta está dotada de bienes materiales.
Una academia requiere disponer de inmueble y este inmueble estará dotado de todo lo necesario, todo eso va aparte de la función del profesor particular o cual fuere….
No obstante el problema más evidente es que no es posible dar de alta una academia en el propio domicilio así sin más..
En primer lugar y para empezar a montar en un domicilio una academia, es necesario el permiso del propietario, en el contrato se recogerá de forma tácita que el inmueble es una vivienda y no un local.
Aún dando permiso el dueño del piso, podría haber problemas a mayores con los vecinos… sobretodo suelen ser por el trasiego de gente entrando y saliendo…. Niños, uso de ascensores, ruidos…
No olvidemos con todo esto que para dar de alta una academia, el dueño necesitará de las oportunas licencias exigibles por otro lado a cualquier local de negocio.
Lo más práctico en todos los sentidos será ejercer como un profesional, en este caso un profesor particular lo que nos permitirá trabajar independientemente del lugar, es decir en cualquier parte… podemos trabajar en nuestro domicilio, en el de los alumnos, en centros de terceros… esto facilita la labor del profesor particular…
Al impartir las clases particulares a personas físicas y por extensión a los no profesionales, los ingresos no estarían sujetos a retención y tampoco aplicaríamos IVA si la formación es una formación reglada.
Esta opción para los profesores particulares nos permitiría no presentar pagos a cuenta trimestrales y tan solo como profesor particular para estar completamente legal habría que declarar los ingresos y los gastos… todo ello en el famoso Impuesto sobre la Renta anual.